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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2015-S3

    Fecha: 20-Feb-2015

    II.4.1.

    II.4.1. Escritura Pública 217/2012 de 14 de noviembre, otorgada por Notario de Fe Pública sobre la protocolización de una minuta de cesión y subrogación de derechos y obligaciones suscrita por Daniel Juan Alberto Rojas Amelunge, representante legal de P.A.T. Ltda., y José Luis Valencia Lozano, representante legal de “Administradora de Televisión” S.A. y de la empresa “Comercializadora Multimedia del Sur” S.R.L. (Anexo 2 sin número).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • Fragmento 6
    • i)
    • b)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.1.
    • II.4.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • Fragmento 17
    • 'motivación arbitraria'
    • son un tema que corresponderá analizar en cada caso concreto, debido a qué sólo en aquéllos supuestos en los que se advierta claramente que la resolución es un mero acto de voluntad, de imperium, de poder, o lo que es lo mismo de arbitrariedad, expresado en decisión sin motivación o inexistente, decisión arbitraria o decisión insuficiente, puede la justicia constitucional disponer la nulidad y ordenar se pronuncie otra resolución en forma motivada
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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