SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

II.2.

II.2.       Cursa Auto de Vista 100/2014, en cuyas consideraciones se constata que, la accionante planteó apelación incidental contra la Resolución 134/14, alegando que dicha decisión judicial es lesivo a sus derechos porque la autoridad judicial que pronunció la misma dio por demostrado los presupuestos de domicilio y trabajo sobre la base de la certificación emitida por la junta vecinal y la licencia de conducir que pertenece al coimputado Jaime Roger Calle Laura, cuando lo correcto era exigir el contrato de trabajo visado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; asimismo, en relación al imputado Santiago Félix Callejas Cachi, cuestionó las certificaciones emitidas por el Consejo Municipal de Inquisivi y la Federación Departamental de Cooperativas Mineras FEDECOMIN de La Paz, donde esta última entidad habría señalado que el imputado es Presidente del “Consejo de Administración Cooperativa Aurífera” (sic), sin presentar el respectivo certificado de trabajo, en efecto, la recurrente alegó falta de una adecuada valoración de las pruebas, la inexistencia de consideración del riesgo que implica para la sociedad el accionar de los prenombrados coimputados, más aún si no existe reparación del daño (fs. 7 a 10 vta.).