SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
III.2. Análisis del caso concreto
La Empresa accionante denunció la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la defensa, y el principio a la igualdad, alegando que la Gerencia Regional de Santa Cruz de la ANB, le notificó con un Proveído de Ejecución Tributaria, momento en el cual recién se habría enterado que el mismo era resultado de una Resolución Sancionatoria en Contrabando Contravencional emitida en su contra, de la cual no tuvo conocimiento, tampoco del Acta de Intervención, que le fueron notificadas en tablero de Secretaría de la citada institución, en vez de hacerlo en forma personal como lo dispone el art. 84 del CTB, lo que supuestamente le habría impedido presentar los correspondientes descargos e impugnaciones.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- no debe causar indefensión material
- III.2. Análisis del caso concreto
- notificada personalmente a la Empresa accionante el 17 del mismo mes y año
- Fragmento 20
- conceder
- Fragmento 22