SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO

El accionante, señala que las autoridades judiciales demandadas, vulneraron sus derechos a la defensa, al debido proceso, en su elemento de debida fundamentación de las resoluciones y a la tutela judicial efectiva; toda vez, que mediante Auto de Vista 172 de 20 de septiembre de 2013, declararon improcedentes las apelaciones incidentales presentadas por la Fiscal Departamental de Santa Cruz y su persona, contra el Auto Interlocutorio de 23 de mayo de 2013; sin circunscribirse a las reglas de la pertinencia, congruencia y exhaustividad; ya que no se refirieron a su adhesión; no se pronunciaron sobre todos los agravios expuestos en su apelación; así como tampoco a las contestaciones; abundando más bien, en consideraciones ajenas a lo resuelto por el inferior, e incurriendo en errores de interpretación de la legalidad ordinaria, al señalar que la ley otorgó competencia al juez cautelar, para dejar sin efecto las resoluciones del referido Fiscal Departamental.