Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0235/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.1.
II.1. Por escrito de 28 de octubre de 2013, Miguel Ángel Rios, solicitó a la Dirección de Regulación Urbana, el inicio de proceso administrativo a efectos de acceder al visado de plano de uso de suelo de cuatro lotes de terreno, transferidos a su persona mediante documento de compra venta, el 11 de diciembre de 1997 (fs. 2 y vta.); habiendo merecido Auto de 31 del citado mes y año, por el cual, la Jefa del Departamento de Uso de Suelo de la Dirección de Regulación Urbana, admitió la solicitud y aplicando el principio de informalismo, reencausó la pretensión como recurso revocatorio (fs. 4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. El debido proceso en sus vertientes a una debida fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.1.2. Respecto a la valoración de la prueba
- III.1.3. El juez imparcial
- III.1.4. La igualdad de partes procesales
- III.1.5. El derecho a ser oído, como parte del ejercicio del derecho a la defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2.
- 4.
- i)
- ii)
- iii)
- CONFIRMAR