SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

denegando

La Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de La Paz, como Tribunal de garantías emitió la Resolución 035/2014 de 12 de agosto, cursante de fs. 708 a 710, denegando la tutela solicitada con los siguientes fundamentos: Las autoridades demandadas concluyeron que en el proceso de saneamiento, el derecho propietario se perfecciona con el título ejecutorial y para que adquiera publicidad el administrado debe tener conocimiento cierto de su existencia, por lo que de los antecedentes, se tiene que el accionante no ha dado cumplimiento a lo previsto en los arts. 326.II. y art. 399.I. del DS 29215, al no dar publicidad debida de la existencia del título ejecutorial al tercero interesado “AGROBOLIVIA Ltda.”, tampoco cumplió con el registro en la oficina de DD.RR. conforme dispone el art. 1538 del Código Civil (CC), por lo que no se evidencia que se haya vulnerado el derecho al debido proceso.