Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2015
Fecha: 05-Mar-2015
Libre Participación.
7. Libre Participación. La gestión pública y la gestión municipal deben permitir la libre participación y la más amplia concurrencia individual y colectiva de los habitantes del Municipio, a través de mecanismos que aseguren la participación y el control social, con el objeto de obtener un Desarrollo Integral del Municipio.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- art. 1.II
- art. 6.I
- parágrafo
- Observación:
- II.
- IV.
- :
- Fragmento 10
- 1)
- 24.
- I.
- V.
- III.
- 35.
- incompatible.
- 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del art. 55,
- Artículo 57.
- “2. Servidoras y Servidores Públicos Designados:
- parágrafo III del art. 77
- art. 83.I, II, III y IV
- incompatibilidad
- Fragmento 24
- No Discriminación.
- Libre Participación.
- Cooperación y Responsabilidad
- “Artículo 163
- “Artículo 224. ORGANIZACIÓN DEL TERRITORIO.
- 3º Se exhorta