Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015
Fecha: 26-Mar-2015
h)
h) Sobre la Disposición Adicional Quinta, esta sustituye el art. 114 de la LGA, determinando que podrá conceder la administración de los depósitos aduaneros, previo cumplimiento de los procedimientos y requisitos establecidos en la normativa vigente, sobre esta norma no existe fundamento alguno, por lo que no corresponde responder la misma.
- acción de
- I.1. Contenido de la acción
- I.2. Admisión y citación
- a)
- b)
- c)
- d)
- f)
- g)
- h)
- i)
- j)
- 'Artículo 32.
- 'Artículo 44.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA
- Artículo 123.
- 11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances del control de constitucionalidad normativo
- III.2. Respecto a la falta de fundamentación entre la norma impugnada de inconstitucionalidad y los preceptos constitucionales que se creen vulnerados
- III.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENCIA