SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015
Fecha: 26-Mar-2015
i)
i) Respecto a la Disposición Adicional Sexta, esta suprime el inc. b) del art. 37 de la LGA, sobre la cual no versa argumento alguno de su supuesta inconstitucionalidad; respecto al razonamiento que se vulnera las garantías de los adultos mayores y se prescribe la discriminación, al establecer evaluaciones periódicas a las que se sometan los Despachantes de Aduanas, para el ejercicio de sus funciones de acuerdo a la responsabilidad y exigencia del comercio exterior, para la satisfacción del Estado y de los operadores de comercio exterior, por lo que, en este sentido las disposiciones adicionales de la ley objetada, son plenamente compatibles con los derechos de las personas adultas mayores establecidos en el art. 68 de la CPE.
- acción de
- I.1. Contenido de la acción
- I.2. Admisión y citación
- a)
- b)
- c)
- d)
- f)
- g)
- h)
- i)
- j)
- 'Artículo 32.
- 'Artículo 44.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA
- Artículo 123.
- 11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances del control de constitucionalidad normativo
- III.2. Respecto a la falta de fundamentación entre la norma impugnada de inconstitucionalidad y los preceptos constitucionales que se creen vulnerados
- III.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENCIA