SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0049/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0049/2015

Fecha: 27-Mar-2015

“Artículo 41. (Inhabilitación).

“Artículo 41. (Inhabilitación). La Superintendencia dispondrá de una manera expresa en la Resolución Administrativa que imponga la sanción, el plazo de inhabilitación, no mayor a (5) años, a los directores, síndicos, apoderados, representantes legales, gerentes y/o empleados del agente económico infractor, que será computable en días calendario”.