SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0049/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0049/2015

Fecha: 27-Mar-2015

revocó

Por AC 0021/2014-CA de 10 de enero, cursante de fs. 95 a 100, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional revocó la RA/AEMP/120/2013 de 17 de diciembre y admitió la acción de inconstitucionalidad concreta, planteada por Luciano Carrillo, Gerente General de la CBN, y ordenó que la misma se ponga en conocimiento de Juan Evo Morales Ayma, Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia y de Javier Hurtado Mercado, Ministro de Producción y Microempresa como personeros de los órganos que generaron las normas impugnadas. Notificaciones cumplidas el 14 de marzo de 2014 (fs.139 a 140) y el 17 del mismo mes y año, respectivamente (fs. 141 a 142).

Por AC 0021/2014-CA de 10 de enero, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, revocó la Resolución Adminsitrativa RA/AEMP/120/2013 de 17 de diciembre y admitió la acción de inconstitucionalidad concreta, ordenando ponerla en conocimiento de los personeros de los órganos que generaron la norma impugnada (fs. 131 a 137); mismo que se cumplió el 14  y 17 de marzo de 2014 (fs. 141 a 142).

Mediante decreto de 2 de febrero de 2015, cursante a fs. 251, la Comisión de Admisión de éste Tribunal dispuso la suspensión del cómputo de plazo, requiriendo la emisión de informe, recibido el mismo se procedió a la reanudación del cómputo de plazo a partir de 26 de marzo de 2015, por lo que, la presente Sentencia Constitucional Plurinacional es pronunciada dentro de plazo legal.