SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0049/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0049/2015

Fecha: 27-Mar-2015

potestad reglamentaria

Ahora bien, la potestad reglamentaria es la facultad que tiene el Órgano Ejecutivo para crear normas con rango reglamentario, de acuerdo a sus necesidades; es decir, normas subordinadas a la Constitución Política del Estado y las leyes, ya sean reglamentos, decretos o instrucciones. Si bien, la facultad reglamentaria no es privativa ni exclusiva de ese Órgano, debido a que los otros órganos de la misma manera pueden ejercerla; sin embargo, está radicada principalmente en el referido Órgano Ejecutivo, tomando en cuenta que las funciones no pueden reunirse en un solo órgano, por la potestad de frenos y contrapesos que conlleva la división de los poderes.