SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015-S3
Fecha: 12-Mar-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 13/2014 de 3 de julio, cursante de fs. 134 a 137 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Edgar Pablo Ríos Mamani contra Oscar Freddy Vargas Encinas, ex Decano y Luis Valencia Chugar, ex Vice Decano; Alberto Ingala Jiménez, Decano y Augusto Condori Gómez, Vice Decano, todos de la Facultad Técnica; Gerald Dante Antezana Osinaga, Delegado de la Asociación de Docentes; Miguel Ángel Zubieta Cuentas, Víctor Peláez Tarachi, César Calani Soto, Matilde Marisol Paniagua Coca, Directores de las carreras de Mecánica Industrial, de Electricidad Industrial, de Mecánica Automotriz y de Química Industrial, respectivamente; Edgar Meza Burgoa, Jefe de Departamento de Asignaturas Básicas; Jeremías Jared Soliz Fernández, Oscar Gonzales Aranda, Iván Choque Ciprian y Khaterin Jared Ramos Juárez, delegados del Centro de Estudiantes de la Facultad Técnica; y, Sergio Guido Arias Chumacero, Marco Antonio Lero Acha, Saúl Chambi Montecinos, Job Eison Velíz Airoja y Ronald Mitma Condori, delegados de las carreras de Mecánica Industrial, de Construcciones Civiles, de Electricidad Industrial, de Mecánica Automotriz y de Química Industrial, todos de la Universidad Técnica de Oruro (UTO).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 'Para el semestre I/2014 no ha sido ratificado por su Consejo de Carrera Mecánica Automotriz, por denuncias realizadas por los universitarios al Tribunal Electoral Universitario'
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia referida a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- i) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; ii) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, iii) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR