SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015-S3
Fecha: 12-Mar-2015
II.3.
II.3. La certificación cite: UTO.FAC.TEC.DEC. 108/14 de 14 de febrero de 2014, expedida por el entonces Presidente del Consejo Facultativo de la UTO, Oscar Freddy Vargas Encinas -hoy demandado-, da cuenta de lo siguiente: i) Edgar Pablo Ríos Mamani fungió como docente interino de la asignatura MAZ 242 de la carrera Mecánica Automotriz de ese ente universitario, desde el segundo semestre de la gestión 2011, al segundo semestre de la gestión 2013; ii) Para el primer semestre de la gestión 2014, no fue ratificado por el Consejo de Carrera por denuncias existentes en su contra en el Tribunal Electoral Universitario de esa institución; iii) Que no existe resolución rectoral; iv) En mérito a las denuncias presentadas, el Rector de dicha entidad universitaria, instruyó la instauración de proceso; y, v) En las denuncias presentadas por los universitarios al Tribunal Electoral Universitario no existe un nombre en particular (fs. 10).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 'Para el semestre I/2014 no ha sido ratificado por su Consejo de Carrera Mecánica Automotriz, por denuncias realizadas por los universitarios al Tribunal Electoral Universitario'
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia referida a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- i) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; ii) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, iii) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR