Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2015-S3
Fecha: 20-Mar-2015
II.1.
II.1. Por Resolución de 25 de noviembre de 2013, Henry Espíndola Cardozo, Fiscal de Materia, dispuso el rechazo de la querella penal, incoada por Aldo Alexis Pérez Vargas -ahora accionante- contra Ezequiel Gómez Tangara y otros, por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y uso indebido de influencias (fs. 3 a 17 vta.)
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- h)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- ii)
- iii)
- v)
- vi)
- 2)
- 3)
- 6)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal que no implique cuestión de mero trámite sino que concierna al fondo de lo que se investiga debe ser necesariamente motivada o lo que es lo mismo, debidamente fundamentada, lo que significa, que tanto el fiscal o los jueces que conozcan el proceso, sea en control jurisdiccional o para resolver el fondo, deberán dictar sus requerimientos o resoluciones cumpliendo las exigencias de la estructura de forma como de contenido de las mismas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMA