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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2015-S3

    Fecha: 20-Mar-2015

    v)

    v)    Omisión con relación al contrapiso y retretes de sanitarios, en el proyecto inicial no contempla contrapiso ni retretes lo que condice que debería existir dos estructuras de cálculo, dos tipos de plano estructurales; aspecto, que le hizo conocer al Fiscal de Materia en la respectiva inspección de la obra; empero, no tomó en cuenta dicho aspecto;

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • h)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • 1)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • i)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • concedió
    • II.1.
    • ii)
    • iii)
    • v)
    • vi)
    • 2)
    • 3)
    • 6)
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • toda decisión emitida dentro de un proceso penal que no implique cuestión de mero trámite sino que concierna al fondo de lo que se investiga debe ser necesariamente motivada o lo que es lo mismo, debidamente fundamentada, lo que significa, que tanto el fiscal o los jueces que conozcan el proceso, sea en control jurisdiccional o para resolver el fondo, deberán dictar sus requerimientos o resoluciones cumpliendo las exigencias de la estructura de forma como de contenido de las mismas
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMA

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