SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0303/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0303/2015-S1

Fecha: 27-Mar-2015

a)

El abogado del accionante, ratificó el contenido del memorial de demanda y complementó señalando: a) La sanción de siete meses dada al accionante vulnera el art. 85 de las Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (LOFA) y su capítulo Segundo; b) Dispusieron su disponibilidad a la letra “B” con base en simple informe jurídico, sin previo sumario informativo; y, c) La Resolución del Tribunal del Personal de la Armada Boliviana 032/12 de 25 de octubre de 2012, el memorándum de baja y el Auto Final del supuesto sumario, se constituyen en actos ilegales del proceso en su contra.

Omar Salinas Ortuño, Comandante General del Ejército, por intermedio de su abogado, expresó: a) La legitimación pasiva le corresponde a los Tribunales que pronunciaron las resoluciones cuestionadas, el Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205, establece el procedimiento a ser aplicado;     b) Se notificó al accionante con un Informe legal de la Dirección Jurídica que no fue recurrido; y, c) Firmó la Resolución que resolvió la solicitud de complementación y enmienda, sin que se hubiera cumplido con el principio de inmediatez.