SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2015-S3
Fecha: 27-Mar-2015
I.2.1. Ratificación de la acción
La parte accionante, ratificó los términos expuestos en su memorial de demanda, reiterando que el aspecto central de esta acción de amparo constitucional se refiere a que a través del AS 61, ahora impugnado, la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, sin antecedente previo, tomó una decisión ultra petita en sentido de que el inmueble objeto de la litis tenga que ser dividido, apartándose así de lo peticionado por las partes, porque lo que se demandó fue la nulidad de contratos, no así sobre la división de un inmueble. Esa decisión afectó a la seguridad jurídica; pero además, al decidirse sobre algo que nunca fue discutido, se le privó de asumir defensa sobre ese aspecto. Los Magistrados demandados no fundamentaron debidamente las razones por las cuales tomaron esa decisión.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- de Vista de fecha 17/11/2007
- I.2.1. Ratificación de la acción
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- que justifiquen razonablemente su decisión
- III.3. Análisis del caso concreto
- citar en términos claros, concretos y precisos la sentencia o auto del que se recurriere, su folio dentro del expediente, no cabe la menor duda de que esta constituye en una exigencia absolutamente de orden formal
- REVOCAR