Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2015-S3
Fecha: 27-Mar-2015
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante dirige la acción de amparo constitucional contra los Magistrados de la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, porque dictaron el AS 61 de 5 de marzo de 2014, pese a estar dirigido contra un Auto de Vista inexistente; asimismo, dispusieron la división de un inmueble, tema que no fue demandado ni debatido por las partes. Además, en dicho Auto no explicaron las razones por las que se dispuso casar el Auto de Vista impugnado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- de Vista de fecha 17/11/2007
- I.2.1. Ratificación de la acción
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- que justifiquen razonablemente su decisión
- III.3. Análisis del caso concreto
- citar en términos claros, concretos y precisos la sentencia o auto del que se recurriere, su folio dentro del expediente, no cabe la menor duda de que esta constituye en una exigencia absolutamente de orden formal
- REVOCAR