DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0104/2015
Fecha: 08-Abr-2015
III.3. Las fases del proceso autonómico (acceso, elaboración y aprobación) y la legitimación activa de consultas sobre la constitucionalidad de preguntas para referendos aprobatorios de Estatutos Autonómicos
El art. 123 del CPCo, dispone que: “Tienen legitimación para presentar consulta sobre la constitucionalidad de preguntas de referendo: 1. A iniciativa estatal, la Presidenta o el Presidente de la instancia legislativa que promueva la iniciativa de referendo o la Presidenta o el Presidente del Estado Plurinacional, cuando corresponda. 2. A iniciativa popular, la Presidenta o Presidente del Tribunal Electoral competente”.
En ese marco, para la determinación de la legitimación activa en los procedimientos de consulta de constitucionalidad de preguntas de referendo aprobatorios, conforme el artículo precitado, resulta imprescindible remitirnos a las fases iniciales del proceso autonómico, específicamente a las iniciativas que dieron lugar al acceso a los diferentes tipos autonómicos reconocidos en la Constitución Política del Estado vigente, entendiendo, que es a partir de ello que se moviliza un procedimiento complejo para el perfeccionamiento autonómico con diversas fases o estadios hasta la aprobación de las normas básicas institucionales sobre las que se estructurarán las ETA.
- ¿Está usted de acuerdo con el Estatuto Autonómico Indígena Guaraní Chaqueño de Huacaya y su puesta en vigencia?
- “…si está formulada en términos claros, precisos e imparciales…”
- I.2. Admisión
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- “¿Está usted de acuerdo con el Estatuto Autonómico Indígena Guaraní Chaqueño de Huacaya y su puesta en vigencia?” SI-NO.
- III.1. Del modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- la transformación del Estado boliviano en Estado Plurinacional con autonomías, implica el establecimiento de una nueva estructura y organización territorial y funcional del Estado, basado en la distribución ordenada de funciones y asignación de competencias entre los diferentes niveles de gobierno para la óptima ejecución de los fines y funciones del Estado.
- III.2.
- i)
- III.3. Las fases del proceso autonómico (acceso, elaboración y aprobación) y la legitimación activa de consultas sobre la constitucionalidad de preguntas para referendos aprobatorios de Estatutos Autonómicos
- a)
- 1)
- 2)
- 4)
- 5)
- conversión de una autonomía municipal a una AIOC
- III.3.2. De la elaboración del proyecto de Estatuto Autonómico de una Autonomía Indígena Originaria Campesina
- y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- 'La presente consulta tiene por objeto garantizar la constitucionalidad de las preguntas que se elaboren para referendos nacionales, departamentales o municipales'
- No podrá desarrollarse el cronograma de actividades para la ejecución de los referendos por el Tribunal Supremo Electoral o los Tribunales Departamentales Electorales,
- 2. A iniciativa popular, la Presidenta o Presidente del Tribunal Electoral competente'
- III.5. Análisis del caso concreto
- 5) Criterio de viabilidad.