DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0104/2015
Fecha: 08-Abr-2015
III.5. Análisis del caso concreto
Por todos los fundamentos previamente referidos, se entiende que la AIOC de Huacaya, en proceso de consolidación, cumplió con todos los requisitos previstos, así como acudir ante las instancias pertinentes que le permitieron alcanzar las últimas fases de su proceso de autonomía; y en consecuencia, presentar su consulta de pregunta de referendo para el respectivo control previo.
Es así, que dentro del presente caso, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el proyecto de Estatuto de la Autonomía Indígena Guaraní Chaqueño de Huacaya, fue sometido al control previo de constitucionalidad por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional, siendo este proyecto, declarado compatible en su totalidad, mediante la DCP 0094/2014 de 19 de diciembre, motivo por el cual, la Presidenta de la “Asamblea Constitutiva de la Autonomía Indígena Guaraní Chaqueño de Huacaya” y los Capitanes de Zona, por memorial de fecha 9 de febrero de 2015, remitieron en primera instancia al TSE, la solicitud de convocatoria a referendo de aprobación del “Estatuto de la Autonomía Indígena Guaraní Chaqueño de Huacaya” (fs. 1 a 17), para que previa evaluación técnica de la pregunta a ser consultada en el referendo aprobatorio del Estatuto, remita la interrogante propuesta a este Tribunal, para que finalmente se realice el correspondiente control de constitucionalidad a la pregunta propuesta.
Se entiende que este proceder, se adecúa a la iniciativa popular a la que fue sometida el proyecto de Estatuto Autonómico referido y que es plenamente aplicable al caso de AIOC, siendo en este caso competente el TSE, para activar el proceso de consulta sobre la constitucionalidad de la pregunta de referendo, en aplicación de lo previsto en el parágrafo II del art. 16 de la LRE y conforme al procedimiento establecido en el art. 19 de la misma norma electoral.
- ¿Está usted de acuerdo con el Estatuto Autonómico Indígena Guaraní Chaqueño de Huacaya y su puesta en vigencia?
- “…si está formulada en términos claros, precisos e imparciales…”
- I.2. Admisión
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- “¿Está usted de acuerdo con el Estatuto Autonómico Indígena Guaraní Chaqueño de Huacaya y su puesta en vigencia?” SI-NO.
- III.1. Del modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- la transformación del Estado boliviano en Estado Plurinacional con autonomías, implica el establecimiento de una nueva estructura y organización territorial y funcional del Estado, basado en la distribución ordenada de funciones y asignación de competencias entre los diferentes niveles de gobierno para la óptima ejecución de los fines y funciones del Estado.
- III.2.
- i)
- III.3. Las fases del proceso autonómico (acceso, elaboración y aprobación) y la legitimación activa de consultas sobre la constitucionalidad de preguntas para referendos aprobatorios de Estatutos Autonómicos
- a)
- 1)
- 2)
- 4)
- 5)
- conversión de una autonomía municipal a una AIOC
- III.3.2. De la elaboración del proyecto de Estatuto Autonómico de una Autonomía Indígena Originaria Campesina
- y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- 'La presente consulta tiene por objeto garantizar la constitucionalidad de las preguntas que se elaboren para referendos nacionales, departamentales o municipales'
- No podrá desarrollarse el cronograma de actividades para la ejecución de los referendos por el Tribunal Supremo Electoral o los Tribunales Departamentales Electorales,
- 2. A iniciativa popular, la Presidenta o Presidente del Tribunal Electoral competente'
- III.5. Análisis del caso concreto
- 5) Criterio de viabilidad.