DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2015

Fecha: 08-Abr-2015

“Artículo 24º (Facultades del Concejo Municipal).

Artículo 24º (Facultades del Concejo Municipal). I. El Concejo Municipal, tiene facultad: (…) 2. Legislativa, cuando elabora y emite leyes, ordenanzas, resoluciones municipales sobre materias inherentes a la competencia y atribución municipal, según el procedimiento legislativo establecido en el Reglamento Interno del concejo municipal, según la presenta Carta Orgánica”.

Artículo 24º (Facultades del Concejo Municipal). I. El Concejo Municipal, tiene facultad: (…) 2. Legislativa y normativo-administrativa, cuando elabora y emite leyes, ordenanzas, resoluciones municipales sobre materias inherentes a la competencia y atribución municipal, según el procedimiento legislativo establecido en el Reglamento Interno del concejo municipal, según la presenta Carta Orgánica” (las negrillas fueron agregadas).

Artículo 24º (Facultades del Concejo Municipal). I. El Concejo Municipal, tiene facultad: (…) 2. Legislativa, cuando elabora y emite leyes, ordenanzas, resoluciones municipales sobre materias inherentes a la competencia y atribución municipal, según el procedimiento legislativo establecido en el Reglamento Interno del concejo municipal, según la presenta Carta Orgánica”.