DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2015
Fecha: 08-Abr-2015
“Artículo 24º (Facultades del Concejo Municipal).
“Artículo 24º (Facultades del Concejo Municipal). I. El Concejo Municipal, tiene facultad: (…) 2. Legislativa, cuando elabora y emite leyes, ordenanzas, resoluciones municipales sobre materias inherentes a la competencia y atribución municipal, según el procedimiento legislativo establecido en el Reglamento Interno del concejo municipal, según la presenta Carta Orgánica”.
“Artículo 24º (Facultades del Concejo Municipal). I. El Concejo Municipal, tiene facultad: (…) 2. Legislativa y normativo-administrativa, cuando elabora y emite leyes, ordenanzas, resoluciones municipales sobre materias inherentes a la competencia y atribución municipal, según el procedimiento legislativo establecido en el Reglamento Interno del concejo municipal, según la presenta Carta Orgánica” (las negrillas fueron agregadas).
“Artículo 24º (Facultades del Concejo Municipal). I. El Concejo Municipal, tiene facultad: (…) 2. Legislativa, cuando elabora y emite leyes, ordenanzas, resoluciones municipales sobre materias inherentes a la competencia y atribución municipal, según el procedimiento legislativo establecido en el Reglamento Interno del concejo municipal, según la presenta Carta Orgánica”.
- I.1. Contenido de la consulta
- “PREÁMBULO
- “Artículo 4º
- “Artículo 7º (Símbolos del Municipio
- Fragmento 5
- “Artículo 8º
- “Artículo 20º (Normas y Jerarquía Interna Municipal).
- “Artículo 24º (Facultades del Concejo Municipal).
- “Artículo 30º (Conformación del Concejo Municipal).
- “Artículo 32º
- “Artículo 35º (Atribuciones del Concejo Municipal).
- “Artículo 35º
- “Artículo 37º
- “Artículo 41º (Sesiones Ordinarias, Extraordinarias, Públicas, Reservadas, Quórum).
- “Artículo 45º (De las Atribuciones y Funciones del Alcalde o la Alcaldesa).
- “Artículo 45º
- “Artículo 111º (Energía).
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- Control previo de constitucionalidad
- “Artículo 7º
- .I
- compatible
- “Artículo 11º (Ubicación y Jurisdicción Territorial)
- “Artículo 20º
- “Artículo 21º
- compatibilidad
- “Artículo 32º. (Concejales/Concejalas Suplentes y Remuneración)
- “
- a través
- “Artículo 37º “
- “Artículo 37º (Obligaciones y Prohibiciones de los Concejales y Concejalas) I.
- “Artículo 99º (Salud)
- “Artículo 126º (Ingresos Municipales Tributarios)
- Artículo 166º (Asentamientos Humanos)
- “DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA.
- 4°