DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2015
Fecha: 08-Abr-2015
I.1. Contenido de la consulta
Por memorial presentado el 25 de febrero de 2015, cursante a fs. 1627 y vta., Antonio Majluf Morales, Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Ana del Yacuma del departamento del Beni, remitió al Tribunal Constitucional Plurinacional, el proyecto de Carta Orgánica de ese municipio, conteniendo las modificaciones y adecuaciones concernientes a disposiciones normativas declaradas incompatibles por la DCP 0011/2014 de 10 de marzo, en base a los fundamentos desarrollados en la misma; solicitando que se proceda a someter a control de constitucionalidad dicha Carta Orgánica Municipal, de acuerdo a lo establecido por el art. 275 de la Constitución Política del Estado (CPE), acompañando para ese fin, la Resolución Municipal 11/2015 de 9 de febrero, realizada por su Órgano Deliberativo, en la que se señaló que se había convocado a diferentes autoridades para llevar a cabo una reunión de socialización de la DCP 0011/2014, el 20 de octubre de 2014, con la participación de representantes de todos los distritos y de organizaciones sociales del Municipio. Asimismo, indicó que todo el proceso de elaboración de la Carta Orgánica Municipal fue de manera participativa, incluyente, transparente, público e informado. Finalmente, se advierte que en dicha RM 011/2015, se resolvió aprobar las adecuaciones al proyecto que se estudia, conforme a la Constitución Política del Estado.
- I.1. Contenido de la consulta
- “PREÁMBULO
- “Artículo 4º
- “Artículo 7º (Símbolos del Municipio
- Fragmento 5
- “Artículo 8º
- “Artículo 20º (Normas y Jerarquía Interna Municipal).
- “Artículo 24º (Facultades del Concejo Municipal).
- “Artículo 30º (Conformación del Concejo Municipal).
- “Artículo 32º
- “Artículo 35º (Atribuciones del Concejo Municipal).
- “Artículo 35º
- “Artículo 37º
- “Artículo 41º (Sesiones Ordinarias, Extraordinarias, Públicas, Reservadas, Quórum).
- “Artículo 45º (De las Atribuciones y Funciones del Alcalde o la Alcaldesa).
- “Artículo 45º
- “Artículo 111º (Energía).
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- Control previo de constitucionalidad
- “Artículo 7º
- .I
- compatible
- “Artículo 11º (Ubicación y Jurisdicción Territorial)
- “Artículo 20º
- “Artículo 21º
- compatibilidad
- “Artículo 32º. (Concejales/Concejalas Suplentes y Remuneración)
- “
- a través
- “Artículo 37º “
- “Artículo 37º (Obligaciones y Prohibiciones de los Concejales y Concejalas) I.
- “Artículo 99º (Salud)
- “Artículo 126º (Ingresos Municipales Tributarios)
- Artículo 166º (Asentamientos Humanos)
- “DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA.
- 4°