DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2015
Fecha: 22-Abr-2015
a)
La DCP 0035/2014, declaró la incompatibilidad del numeral 3 del artículo analizado argumentando que en su texto se establecía: a) Una jerarquización que, por un lado, rebasa, en los hechos, los alcances del ordenamiento jurídico interno de la ETA, incluyendo en su texto a la Ley Marco de Autonomías y Descentralización y leyes nacionales, lo cual excede el ámbito de aplicación de las normas básicas institucionales de las ETA; y, b) En la relación jerárquica entre los puntos 3 y 4 de la propuesta normativa, se estableció una superposición de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización y leyes nacionales, por encima de la Carta Orgánica Municipal, sin considerar que al tratarse de normas pertenecientes a diferentes sistemas normativos (unas del sistema normativo general y otra del subnacional), sus relaciones se regulan en aplicación del principio de competencia y no de jerarquía.
La DCP 0035/2014, declaró la incompatibilidad del artículo analizado, señalando que en el numeral 1 del proyecto de disposición se identifican dos aspectos que merecen una especial consideración: a) Se hace referencia a la figura del “interinato” cuando lo constitucionalmente conducente es la “sustitución”; y, b) Se hace referencia a la elección por parte del Concejo Municipal de un Alcalde o Alcaldesa Interino “hasta la elección de la nueva autoridad”, la cual debe ser entendida en el marco del art. 286.II de la Norma Suprema, en su acepción plebiscitaria y que no es procedente en caso de revocatoria. Análogo entendimiento corresponde a la inserción de la frase “procederá la elección” inserta en el numeral 2.
- I.1. Contenido de la consulta
- 4
- 9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
- III.1. El control previo de constitucionalidad de las normas básicas institucional de la Entidades Territoriales Autónomas
- Artículo 4. Jurisdicción Territorial
- Control previo de constitucionalidad
- Artículo 34. Cláusula de Colisión
- a)
- 1)
- Artículo 53. Atribuciones del Concejo Municipal
- Sobre el numeral 24
- Sobre el numeral 25
- i)
- Artículo 54
- Artículo 5
- Control previo
- Artículo 55. Procedimiento Legislativo
- Artículo 60. Suspensión Temporal de las Concejalas o los Concejales
- Artículo 69. Atribuciones de la Alcaldesa Municipal o el Alcalde Municipal
- Artículo 6
- Sobre el numeral 16
- Sobre el numeral 31
- Sobre el numeral 33
- Sobre el numeral 38
- Artículo 74. Suspensión Temporal de la Alcaldesa o el Alcalde
- Artículo 72. Sustitución de la Alcaldesa o el Alcalde
- Artículo 76. Destitución de la Alcaldesa o el Alcalde
- Artículo 77. Revocatoria de Mandato
- Artículo 86. Disposiciones Generales de la Participación Ciudadana y Control Social
- Artículo 82. Disposiciones Generales de la Participación Ciudadana y Control Social
- “Artículo 83. Garantías para el Ejercicio de la Participación y el Control Social
- Artículo 97. Catálogo Competencial
- Artículo 93. Catálogo Competencial
- Sobre el numeral 10
- Sobre el numeral 12
- Sobre el numeral 18.b
- “Artículo 100. Patrimonio Municipal
- Artículo 120. Escala Salarial
- Artículo 114. Escala Salarial
- Artículo 130. Mecanismos de Relación con el Plan de Desarrollo Departamental y Regional
- Artículo 132. Programa Operativo Anual
- “Artículo 126. Programa Operativo Anual
- Artículo 133. Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial
- Artículo 127. Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial
- Artículo 135. Mancomunidad de Municipios
- Artículo 136. Regionalización
- Artículo 130. Regionalización
- Artículo 137. Mecanismos de Acceso a la Autonomía Indígena Originaria Campesina
- Quinta:
- Décima Segunda:
- Sobre la disposición transitoria quinta
- 5° DISPONER
- 6°