DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2015

Fecha: 22-Abr-2015

Artículo 55. Procedimiento Legislativo

4. En caso de encontrarse observaciones a la ordenanza ésta será devuelta al Concejo Municipal en un plazo de dos (2) días con un informe técnico jurídico de las observaciones, las cuales deberán ser resueltas por el Concejo Municipal en un plazo máximo de cinco (5) días y remitidas nuevamente a la Alcaldesa o el Alcalde Municipal.