DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2015

Fecha: 22-Abr-2015

Sobre el numeral 31

En este numeral objeto de análisis, se declaró incompatible la frase “…para su aprobación por el Concejo Municipal”, considerando lo expresado por el art. 283 de la CPE en los siguientes términos: “El gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias…”, asumiendo, por exclusión, que el Órgano Ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde, ejerce las facultades ejecutiva y reglamentaria. En este marco, pretender otorgar al Concejo Municipal, la facultad de aprobar instrumentos de regulación organizacional de carácter operativo, como son los manuales de organización, funciones, procedimientos y organigrama, invadiendo las facultades reglamentarias y ejecutivas que asisten al Ejecutivo.