DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2015

Fecha: 22-Abr-2015

Artículo 74. Suspensión Temporal de la Alcaldesa o el Alcalde

La Alcaldesa o el Alcalde podrá ser suspendida o suspendido de manera temporal en el ejercicio de su cargo cuando se dicte en su contra acusación formal. En este caso, el Concejo Municipal elegirá a la Alcaldesa Interina o el Alcalde Interino por dos tercios (2/3) de votos del total de sus miembros, en conformidad al procedimiento establecido en la ley”.