SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0343/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0343/2015-S3

Fecha: 09-Abr-2015

II.1.

II.1. Por Instructivo IT/VESFP/DGFM/EFI 0004/2014 de 8 de julio, emito por Jiovanny Edwar Samanamud Ávila, Viceministro de Educación Superior de Formación Profesional dependiente del Ministerio de Educación -hoy tercero interesado-, ante Solange Cabrera Tapia, Directora General de la E.S.F.M. “Mariscal Sucre” -ahora demandada-, recibido el 9 del mismo mes y año, en “CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES PARA LA GESTIÓN ACADÉMICA 2014” (sic) instruyó que en base al alcance del art. 46 del Reglamento General de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros, correspondía la aplicación de la medida de suspensión de actividades académicas, como la pérdida de año individualizada de estudiantes, que sin la debida autorización faltaron a clases en días posteriores al 23 de junio de la referida gestión (fs. 136).