SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0345/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0345/2015-S1

Fecha: 13-Abr-2015

II.6.

II.6.  El 1 de abril de 2013, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció el Auto de Vista 51/2013, resolviendo la apelación interpuesta por los accionantes, argumentando que por mandato del art. 236 del CPC, el Auto de Vista debe circunscribirse única y exclusivamente a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación y fundamentación; consecuentemente, establecieron que el juez a quo, no incurrió en infracción del art. 190 del CPC, mas al contrario conforme las disposiciones legales y la aplicación del principio iura novit curia, reconocido por la jurisprudencia ordinaria, dieron lugar a la efectivización de los derechos reconocidos por el art. 115 de la CPE, confirmando la sentencia emitida por el juez a quo (fs. 306 a 308).