Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0345/2015-S3
Fecha: 09-Abr-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 221 de 24 de marzo de 2014, cursante de fs. 226 vta. a 228, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ivana Silvia Mendieta Heredia Vda. de Zauberman contra Adhemar Fernández Ripalda, Samuel Saucedo Iriarte y Edgar Molina Aponte, Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, Alberto Guzmán Méndez, Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia referida a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- i) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; ii) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, iii) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales”
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.- DERECHOS Y GARANTIAS VULNERADOS
- 1)
- CONFIRMAR