SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0345/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0345/2015-S3

Fecha: 09-Abr-2015

II.4.

II.4.  Por Auto de Vista 12 de 10 de enero de 2012, la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, confirmó el Auto de 30 de junio de 2007, señalando que el Juez a quo obró correctamente; toda vez que, antes de la compra del inmueble ya contaba con gravamen hipotecario; por lo que, conforme al principio de verdad material el gravamen del Banco Sur S.A. en liquidación fue registrado con anterioridad a la compra de la oposicionista y que en la nueva visión de la Constitución Política del Estado, se debe proteger los intereses del Estado (fs. 177).