Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0345/2015-S3
Fecha: 09-Abr-2015
II.6.
II.6. Conforme a la matricula 7.01.1.99.0049289 se tiene el registro de derecho propietario a favor de Patricia Gutiérrez Paz, sobre el bien inmueble ubicado en la “la “…Unidad Vecinal No. 33,Manzana No. 41…” (sic), con una superficie de “245 5500m”, inscrito bajo el Asiento B-1 el 13 de mayo de 1992. Cursa en la misma matricula dos gravámenes de préstamo refinanciado y por hipoteca inscritas en los Asientos B-1 y B-2 a favor del Banco Industrial y Ganadero del Beni S.A., de 12 de noviembre de 1992 y 27 de enero de 1993 (fs. 31).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia referida a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- i) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; ii) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, iii) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales”
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.- DERECHOS Y GARANTIAS VULNERADOS
- 1)
- CONFIRMAR