SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2015-S1

Fecha: 13-Abr-2015

i)

Ángel Almanza Zeballos, representante vecinal del Barrio Melchor Pinto, mediante su abogada señaló que: i) En primera instancia, los vecinos podían inscribir en DD.RR. sus inmuebles, porque con la documentación que recibían de la Prefectura, hacían sus trámites y lograban inscribir, pero acarreaban las diecisiete anotaciones preventivas; y, ii) En la actualidad, sin justificación alguna la oficina de DD.RR. se niega a recibir inscripciones bajo el argumento de que existen anotaciones preventivas pendientes de anularse y con ello se le está privando de hacer uso del derecho de propiedad.