SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2015-S2

Fecha: 08-Abr-2015

II.9.

II.9. Contra el Auto de anulación y rechazo de 22 de mayo de 2013, la accionante, el 18 de junio del mismo año, planteó recurso jerárquico (fs. 47 a 51), mereciendo providencia de 26 del mismo mes y año, que dispuso “Estése a lo dispuesto por el parágrafo III del art. 195 de Ley 3092 (...) que establece que el Recurso Jerárquico solamente es admisible contra la Resolución que resuelve el Recurso de Alzada, por lo que no corresponde su interposición contra Autos” (sic) (fs. 23), por lo que la accionante interpuso recurso de revocatoria contra los proveídos de 26 de junio y 3 de julio de 2013, que mereció el mismo decreto (fs. 45 a 46).