Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0369/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
denegado
Por lo señalado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones y alcances de la acción de amparo constitucional, de modo que el Tribunal de garantías, al haber denegado la tutela solicitada, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes procesales, dando una correcta aplicación de las normas procesales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por el principio de inmediatez
- III.3. El principio de Inmediatez y la utilización previa de medios o recursos inidóneos
- III.4. Análisis del caso concreto
- transcurrieron más de diez meses
- denegado
- CONFIRMAR en todo