Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0369/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela demandada, disponiéndose la anulación del Auto de 25 de abril del 2014, dictada por el Tribunal de Sentencia de Tupiza, así como el Auto de Vista 45/2014 de 10 de junio y el Auto complementario de 21 de julio de 2014, pronunciado por los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, y se dicte nueva resolución disponiendo se notifique nuevamente con el citado Auto de Vista.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por el principio de inmediatez
- III.3. El principio de Inmediatez y la utilización previa de medios o recursos inidóneos
- III.4. Análisis del caso concreto
- transcurrieron más de diez meses
- denegado
- CONFIRMAR en todo