Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0378/2015-S1
Fecha: 21-Abr-2015
II.1.
II.1. Cursa acta de juicio oral de 27 de marzo de 2014, del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Germán Hoylos y Martha Oilos Bejarano en contra de Gisela Martha Argandoña Rollano y otros; evidenciando que la defensa de la ahora recurrente, plantó incidente de abandono de querella, que fue resuelta declarando probado el incidente por considerar que el poder extendido por Martha Oilos en favor de Germán Hoylos es insuficiente, a ello el querellante se limitó a solicitar un plazo prudencial para que la víctima pueda conferir un nuevo poder, esta resolución fue notificada en audiencia (fs. 108 a 119 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado y Código Procesal Constitucional
- III.3.
- III.4. Del debido proceso en su componente de congruencia de la resolución de alzada
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR