Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0378/2015-S1
Fecha: 21-Abr-2015
II.3.
II.3. El Tribunal Segundo de Sentencia del departamento de Potosí, emitió la Resolución de 27 de marzo de 2014, declarando probadas las excepciones de prescripción de los delitos de falsedad material e incumplimiento de deberes disponiendo la extinción de la acción penal, sin pronunciarse sobre la excepción de extinción por duración máxima del proceso ni el incidente de actividad procesal defectuosa por la extinción ya declarada (fs. 102 a 107).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado y Código Procesal Constitucional
- III.3.
- III.4. Del debido proceso en su componente de congruencia de la resolución de alzada
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR