SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2015-S1

Fecha: 21-Abr-2015

II.7.

II.7.  Apelado el Auto de 19 de febrero de 2013, (fs. 41 a 44 vta.,) la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista de 20 de diciembre de igual año, confirmó el Auto apelado, con el argumento que los actuados principales como la demanda auto intimación de pago y la sentencia se realizó mediante edictos y que los demás actuados que no afectan al fondo de la causa, se tratan de meras actuaciones que se practican para la finalización del proceso; por lo que, no existe indefensión (fs. 49 y vta.).