Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2015-S3
Fecha: 22-Abr-2015
II.10.
II.10. A través del memorial de 4 de junio de 2014, dirigido al Director General de Asesoría Jurídica del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, la actual accionante presentó documentación respaldatoria con relación al puesto de venta N° 17, Fila B-1, pidiendo se respeten sus derechos fundamentales y se rechace la solicitud presentada por la ahora tercera interesada (fs. 74 a 78).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2 Los recursos administrativos de impugnación en el ámbito público
- III.3 Análisis del caso concreto
- REVOCAR