Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2015-S3
Fecha: 22-Abr-2015
II.4.
II.4. Mediante nota recibida el 17 de septiembre de 2013, el Comité Ejecutivo de la Federación de Trabajadores Gremiales, Artesanos, Comerciantes Minoristas y Vivanderos remitió al Intendente Municipal del Gobierno Autónomo Municipal ambos del Alto -copia de la denuncia presentada por Rosa Mujica Salgado -ahora tercera interesada- con referencia a la posesión del puesto de venta que actualmente se encuentra a nombre de Paola Pamela Brañez -hoy accionante-, debido a que se encuentra prohibida la enajenación de esos puestos (fs. 43).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2 Los recursos administrativos de impugnación en el ámbito público
- III.3 Análisis del caso concreto
- REVOCAR