SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2015-S2

Fecha: 20-Abr-2015

a)

El representante de la accionante ratificó y amplió los fundamentos de la acción, indicando lo siguiente: a) Que su solicitud de audiencia no ha sido atendida, en el plazo establecido por el Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de la amplia  jurisprudencia emitida al efecto; b) Refiere, que hace nueve meses viene peregrinando, se le señale audiencia de cesación; y, c) Tampoco se ha dado cumplimiento a lo previsto por el art. 132 del Código de Procedimiento Penal (CPP) para emitir el decreto de señalamiento de audiencia de cesación a la detención preventiva.