Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2015-S2
Fecha: 20-Abr-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 07/2014 de 1 de octubre, cursante a fs. 11 y vta., pronunciada por el Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, en la forma dispuesta por el Tribunal de garantías, debiendo la Jueza a cargo del control jurisdiccional, efectuar la audiencia de cesación a la detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- celeridad
- pronta, oportuna
- Fragmento 12
- III.2. Sobre la audiencia de solicitud de cesación a la detención preventiva
- no sólo le es exigible a la autoridad judicial encargada del control jurisdiccional, sino también a todo funcionario judicial o administrativo que intervenga o participe en dicha actuación
- III.3. Sobre la sustracción de materia en las acciones tutelares
- III.4. Análisis del caso concreto
- la libertad un derecho de carácter primario
- CONFIRMAR