SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2015-S3

Fecha: 20-Abr-2015

denegó

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 29/2014 de 11 de abril, cursante de fs. 246 a 248, denegó la tutela solicitada, sustentando los siguientes argumentos: i) No se observó el carácter subsidiario de la acción de protección de privacidad, por cuanto, si bien es cierto que se aparejó una serie de solicitudes hechas por el ahora accionante, también constan en el presente legajo las respuestas de la ASFI y del Banco de Crédito de Bolivia S.A., con esas respuestas, el accionante no inició el trámite administrativo conforme previenen los arts. 27, 39 y ss. de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA); es decir, acudir al trámite administrativo sancionatorio contra el referido Banco, en procura de buscar la recodificación que directamente se solicitó a través de esta acción de defensa y contra la resolución final interponer los recursos de revocatoria y jerárquico; máxime si existen hechos controvertidos, conforme informó la entidad bancaria; y, ii) No se cumplió con la legitimación pasiva, debido a que la ASFI, no es la autoridad responsable de la codificación o de la recodificación solicitada por el accionante. Del mismo modo, si bien se demandó al Gerente Área Banca Minorista Región Occidente del Banco de Crédito de Bolivia S.A.; sin embargo, la acción debió estar dirigida contra las personas, sección o división responsable de la entidad bancaria que tiene a su cargo los bancos de datos públicos o privados, que es la “división de inspectorado y auditoría interna”, conforme respondieron los ahora demandados.