Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2015-S3
Fecha: 20-Abr-2015
II.6.1.
II.6.1. Mediante carta de 6 de noviembre de 2013, el accionante manifestó a la ASFI su desacuerdo con relación a la nota de respuesta del Banco de Crédito de Bolivia S.A., de 29 de octubre de ese año, y reiteró su solicitud de criterio legal a fin de que se conmine al referido Banco para que se recodifique el código 103 por el código 110 en razón a la renuncia presentada (fs. 17 a 17-bis).
- acción de protección de privacidad
- retiro forzoso por contravenciones graves a normas internas o disposiciones legales, por imprudencia o negligencia culposa, con daño económico y sin fórmula de solución voluntaria
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- a)
- b)
- c)
- II.2.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.5.1.
- II.5.2.
- II.5.3.
- II.6.
- II.6.1.
- II.6.2.
- II.6.3.
- II.6.4.
- II.6.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de protección de privacidad. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- manejo de información financiera y crediticia
- son de interés público
- datos registrados por las entidades financieras,
- 2º