SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2015-S3

Fecha: 20-Abr-2015

manejo de información financiera y crediticia

A ese efecto, corresponde, en principio señalar que las entidades de intermediación financiera (Bancos, Fondos Financieros Privados, Bancos de Segundo Piso, Mutuales de Ahorro y Préstamo, Cooperativas de Ahorro y Crédito abiertas y societarias, Instituciones Financieras de Desarrollo que cuenten con licencia de funcionamiento de la ASFI) y Empresas de Servicios Complementarios, ambas denominadas “entidades supervisadas”, entre las tareas de manejo de información financiera y crediticia de diversa índole, en lo que concierne a la presente acción de protección de privacidad, tienen la de registro de la información relacionada con las incorporaciones, desvinculaciones, hechos posteriores a la desvinculación y cambios de Directores, Síndicos, Fiscalizadores Internos, Inspectores de Vigilancia, Ejecutivos y demás funcionarios en el ejercicio de la actividad financiera.

Este registro reposa en el archivo de cada entidad supervisada y en una base de datos centralizada denominada “Sistema de Registro” en la ASFI al ser esta última entidad, el organismo autónomo de regulación y control del sector financiero. Este Sistema de Registro es administrado por la ASFI, en el cual la entidad supervisada registra las altas, anulaciones, bajas, hechos posteriores a la desvinculación, modificaciones y rectificaciones de los datos de los funcionarios antes nombrados, con la obligación de mantenerlo actualizado, reportando toda designación o cambio de titulares y suplentes de los funcionarios antes nombrados.