SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2015-S3
Fecha: 20-Abr-2015
II.1.
II.1. Mediante carta GDH/004/2013 de 8 de febrero, el Banco de Crédito de Bolivia S.A., informó a la ASFI, que Eduardo Exaltación Marca Saravia -ahora accionante- quien ejercía el cargo de Ejecutivo de Ventas “PYME”, fue desvinculado el 7 de igual mes y año, por incurrir en irregularidades en créditos aprobados a tres personas bajo las mismas características, consignando por ello el código “03” que representa a “retiro por contravenciones graves a normas internas o disposiciones legales, por imprudencia o negligencia culposo, con daño económico y sin fórmula de solución voluntaria”, adjuntando para el efecto copia del memorándum DA 002/13 de 8 de febrero de 2013, elaborado por la División de Auditoría del Banco de Crédito de Bolivia S.A. Asimismo, aclaró que cumplía con lo exigido por el art. 107 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (fs. 85 a 87).
- acción de protección de privacidad
- retiro forzoso por contravenciones graves a normas internas o disposiciones legales, por imprudencia o negligencia culposa, con daño económico y sin fórmula de solución voluntaria
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- a)
- b)
- c)
- II.2.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.5.1.
- II.5.2.
- II.5.3.
- II.6.
- II.6.1.
- II.6.2.
- II.6.3.
- II.6.4.
- II.6.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de protección de privacidad. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- manejo de información financiera y crediticia
- son de interés público
- datos registrados por las entidades financieras,
- 2º