SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0439/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0439/2015-S2

Fecha: 29-Abr-2015

a)

La accionante, en audiencia, ratificó in extenso el tenor del memorial del amparo constitucional y ampliándola, manifestó que: a) De acuerdo con el art. 347 del CPC, debió dictarse sentencia al constituir una confesión de partes, la respuesta positiva a la demanda; b) La calificación del proceso como sumario de hecho, produjo dilación y perjuicio, por cuanto la misma demandada confirmó que no pagó y solicitó consecuentemente la devolución del dinero otorgado en calidad de adelanto, infiriendo así el acuerdo de partes que daría por concluido el litigio; y, c) El Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil del departamento de Santa Cruz, confirmó la decisión de la Jueza Tercera de Instrucción en lo Civil y Comercial de igual departamento, sin justificar ni fundamentar por qué no aplicó el Auto Supremo 08/2012 de 15 de febrero, que constituye línea jurisprudencial obligatoria.