Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2015-S2
Fecha: 29-Abr-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Mediante Oficio 54 de 30 de agosto de 2010, La Fiscalía Regional de Arica y Parinacota del Ministerio Público de Chile, solicitó a la Fiscalía General del Estado Plurinacional de Bolivia, colaboración en el diligenciamiento de un requerimiento de asistencia internacional dentro de una investigación por delitos de tráfico de sustancias controladas y asociación delictuosa, sustanciado en dicho país contra varios ciudadanos de diferentes nacionalidades, entre los cuales fueron sindicados los bolivianos Gonzalo Ribera Solís y Miguel Arrazola Moreno.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 15
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. El debido proceso y la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.3. Subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso de autos
- dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- REVOCAR