SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2015-S3
Fecha: 04-May-2015
denegó
La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 042/2014 de 3 de septiembre, cursante de fs. 130 a 132 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) De la revisión de antecedentes se colige que el 8 de agosto de 2012, se notificó a César Pablo Choque López -como abogado de la Gerencia Regional La Paz de la ANB-, con el señalamiento de audiencia pública de conciliación, acto procesal que fue legalmente notificado; sin embargo, no se apersonó ningún representante de la ANB; b) El Testimonio 129/2012 que otorga poder amplio y suficiente al nombrado, no contiene las excepciones al mandato, pues en dicho documento, se manifiesta lo siguiente: “…En suma hacer unas cuantas gestiones y diligencias sean necesarias y conducentes para el buen éxito del mandato conferido y señalado por el Código Tributario, Ley General de Aduanas, Código de Procedimiento Civil y Código de Procedimiento Penal, sin que por falta de clausula expresa sea tachado de insuficiente, con expreso relevo de costas…” (sic); con ello, advierte que al mencionado y a otros abogados, se les otorgó las facultades de iniciar y concluir procesos; entre ellos, penales aduaneros y en el caso concreto el proceso concluyó vía conciliación. Asimismo, se tiene que la Gerencia Regional La Paz de la ANB, al contar con la representación necesaria para suscribir el contrato conciliatorio de 29 de junio de 2012, que fue homologado por una autoridad competente, se constituye en un acto consentido; c) No se provocó indefensión, ya que la Aduana Regional La Paz, tenía conocimiento de todo lo actuado en el proceso; y, d) Los aspectos señalados fueron acogidos tanto por el Juez inferior como por el Tribunal de alzada, quienes actuaron de acuerdo a la norma que rige la materia.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.Respecto a la valoración del mandato otorgado mediante poder de representación legal ante notario de fe pública en un proceso judicial
- III.2.1. La actuación de la Fiscal de Materia codemandada
- III.2.2. Con
- 2)
- 3)
- ii)
- iii)
- iv)
- CONFIRMA
- 3º Disponer